Ciudadania Express
Domingo 12 de abril, 2009. 05:39 pm

Con cárcel y multas se castigará evasión de pensión alimenticia en Oaxaca

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Oaxaca, México.- Los padres de familia que eludan su responsabilidad de otorgar la pensión alimenticia a sus hijos y los jefes o patrones que proporcionen datos falsos para evitar que se cumpla esta obligación, podrán ser sancionados con prisión y multas al equipararse estas conductas con el delito de fraude.

Así lo establece, la iniciativa  de reformas al Código Penal relativos a la obligación de proporcionar alimentos para otorgar mayor certeza jurídica a este derecho que es uno de los más demandados en los juzgados familiares, pero también de los que se ven mayormente eludidos e incumplidos por los sujetos obligados.

Estas reformas fueron turnadas a la Comisión Permanente de Administración de Justicia del Congreso local, en las que se señala que el hecho de renunciar a un trabajo para no cumplir con la obligación de otorgar una pensión alimentaria  y el comportamiento de patrones o jefes superiores del deudor alimentista que informen o proporcionen a las autoridades datos falsos, podrían ser tipificados en Oaxaca como conducta equiparable al fraude y sancionarse con prisión y elevadas multas.  

En la exposición de motivos de la propuesta se señala que la falta de claridad de los mecanismos protectores del derecho a los alimentos y la ausencia de procedimientos ágiles y accesibles dispuestos en la ley secundaria hacen tortuoso y en ocasiones inaccesible el derecho de cualquiera de los cónyuges o concubinos de recibir de la otra parte de la pareja un monto económico para sufragar las necesidades primordiales de los hijos.

De ahí la necesidad de sancionar penalmente a quien en una conducta irresponsable renuncie a su trabajo para eludir la obligación de pagar alimentos, puesto que es la manera más fácil de evadir tal responsabilidad, lo que deja en desamparo económico a los beneficiarios. 

De acuerdo con la iniciativa que propone reformar el artículo 230 y crear el artículo 381 bis del Código Penal para el Estado de Oaxaca,  se impondrían de dos a cinco años de prisión y multa de 50 a 200 días de salario mínimo cuando la falsedad o el ocultamiento de la verdad se hagan en procedimientos que versen sobre alimentos.

Asimismo, la renuncia del deudor alimentista a su trabajo para eludir la obligación de pagar la pensión se equipararía al delito de fraude con una sanción de tres meses a tres años de prisión y multa de cinco a cien veces el salario mínimo.

La pensión alimenticia se encuentra establecida en el capítulo II, de los alimentos, del Código Civil y se otorga de acuerdo con las posibilidades económicas de quien está obligado a darla y a la necesidad de quien la recibe. Incluye la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad.

 

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