El artículo 22 de la Ley de Fomento para el Libro y la Lectura dispone que toda persona física o moral que edite o importe libros estará obligada a fijar un precio de venta al público para los libros que edite o importe. El editor o importador fijará libremente el precio de venta al público, que regirá como precio único.
Hasta el 30 de noviembre, luego de casi cuatro meses de operación, el SPL contabilizó un total de 74 editoriales registradas, 3250 libros nacionales registrados y mil 629 títulos importados.
Por las características del sistema, único en el mundo, el SPL permite que los trámites se realicen de manera electrónica, por lo que no es necesario acudir a ventanillas o hacer filas para registrar la oferta editorial viva de México.
Desde que el Sistema se implementó, el 23 de julio de 2010, tiene un promedio de visitas de 73 consultas al día y 2 mil 190 visitas por mes.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley, el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, del cual la Secretaría de Educación Pública y el Conaculta forman parte, es responsable de la operación y administración de este sistema, el cual está disponible para su consulta pública en la página web www.spl.conaculta.gob.mxTe podría interesar...








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