Los magistrados del Tribunal sostuvieron una discusión por alrededor de dos horas sobre el recurso que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN) contra la resolución de la citada Comisión.
De acuerdo con los antecedentes del caso, Acción Nacional presentó una queja en el IFE contra López Obrador y los Partidos del Trabajo y Convergencia, por la difusión de promocionales, en radio y televisión, del político tabasqueño.
Asimismo, por la posible propaganda en medios de comunicación impresos y electrónicos, en donde se difunde su imagen en forma anticipada al procedimiento electoral federal 2011-2012.
De ahí que el TEPJF instruyó a la citada Comisión del IFE que en un plazo de 24 horas, contado a partir de que le sea notificada la sentencia, ordene la suspensión de la transmisión, en radio y televisión, de uno de los cuatro promocionales motivo de la denuncia.
Del mismo modo, que la autoridad responsable informe a la Sala Superior sobre el cumplimiento dado a la presente ejecutoria dentro de las 24 horas siguientes a que ello ocurra.
Correspondió al magistrado Salvador Olimpo Nava presentar el proyecto de resolución que proponía confirmar la resolución indicada en principio por la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE.
Sin embargo, luego de que los siete magistrados expusieron sus puntos de vista sobre el proyecto, votaron por cuatro votos en contra y tres a favor del proyecto, por lo que la resolución del IFE fue revocada.Te podría interesar...








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