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Este instrumento servirá de base para la revisión, seguimiento y atención coordinada entre las Comisiones Indígenas de las dos cámaras, de un programa de consulta sobre el contenido del proyecto de Ley de Consulta a pueblos y comunidades indígenas.
En la reunión, se dieron los lineamientos para la definición e integración, en lo inmediato, del intenso programa de consulta que, si se dispone de los recursos, abarcará más de 70 foros representativos en todo el país, por lo menos uno por pueblo indígena, y en varios casos más de uno en un solo pueblo.
García Corpus, enfatizó de la trascendencia de la Ley de Consulta Indígena, la cual, expuso, se trata de uno de los derechos más importantes de los pueblos y comunidades indígenas de nuestro país, para que tanto los indígenas como el Estado (federal, de las Entidades Federativas, Municipal o del Poder Legislativo), a efecto de que cuenten con mayor seguridad jurídica en el ejercicio de sus derechos y atribuciones, respectivamente.
“La Ley en discusión prevé que el estado deba consultar a los pueblos indígenas siempre que pretenda realizar acciones que los afecten directamente en sus derechos, con el objeto de obtener su consentimiento previo, libre e informado o llegar a acuerdos; tratándose de la Ley de Consulta, sería un contrasentido, que no fuese ampliamente comentada con los pueblos indígenas, a través de sus representaciones y autoridades”, puntualizó.Te podría interesar...








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