En ese sentido detalló que, la sentencia del Tribunal no mandata a realizar elección extraordinaria, la disposición es que se disponga lo necesario, suficiente y razonable para que mediante la conciliación y consultas pertinentes se evalúe la posibilidad de realizar el proceso.
El resultado de esas medidas de conciliación, explicó, deberá ser plasmado en un acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto en un plazo no mayor a 15 días a partir de la notificación de la resolución correspondiente a este Órgano Electoral.
Cabe aclarar que la sentencia del Tribunal Estatal fue notificada a este Instituto el 03 de agosto y corresponde al recurso presentado por el ciudadano Andrés Nicolás Martínez, quien ha pedido, en todo momento la realización de la elección.
Alonso Criollo indicó que, ya se han solicitado los informes político sociales y de seguridad a la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia del Estado para valorar la pertinencia.
En breve aseguró, se citarán a las partes para que, en cumplimiento a la sentencia inicien las consultas requeridas y finalmente se determine si existen las condiciones para la elección a Concejales.
La situación por la que atravesó Santiago Chopam obliga a extremar las precauciones necesarias, antes de continuar con los trabajos propios del proceso electoral, para no repetir lamentables sucesos como los ocurridos anteriormente en la comunidad, puntualizó.Te podría interesar...








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