Genaro Vásquez Colmenares, Raúl Ávila Ortiz y Soledad Rojas Walls expusieron durante el análisis del caso, que el CECAFÉ no contestó a las preguntas de la solicitante de información, por lo que ésta interpuso ante el IEAIP un Recurso de Revisión, y durante el procedimiento legal, el órgano garante del Derecho a Saber en Oaxaca, argumentó que “...según el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación... se tiene que existe un programa denominado “Activos Productivos” que involucra créditos financieros”.
Y que de acuerdo a la Ley para el Fomento y Desarrollo Integral para la Cafeticultura en el Estado de Oaxaca, y el Reglamento Interior del CECAFÉ, este Sujeto Obligado de la Ley de Transparencia, debe tener conocimiento de los Programas relativos a apoyos subsidiarios a los productores de Café en el Estado.
Así que en ese entendido, el IEAIP ordenó al CECAFÉ verifique la información, y entregue una versión pública -y a su propia costa-, a la solicitante de información, en un plazo de 10 días hábiles.Te podría interesar...








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