“Si técnica y financieramente es imposible para el Sujeto Obligado escanear toda la documentación, deberá poner a disposición física, para consulta en sus oficinas, tales facturas a la solicitante de información, esto, en un plazo de 10 días hábiles”, señaló el Comisionado Ávila Ortiz, ponente del caso.
Por lo que se refiere a Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), este Sujeto Obligado tendrá que fundar y motivar debidamente el Acuerdo de Reserva sobre detalles del expediente sobre la Carretera Oaxaca-Puerto Escondido, y entregarlo en 10 días hábiles al recurrente, de lo contrario, deberá hacer pública la información y entregársela de inmediato al solicitante.
En otro caso analizado por los Comisionados del órgano garante de la Transparencia en Oaxaca, se sobreseyó el Recurso de Revisión interpuesto en contra del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado (DIF-Estatal), pues demostró haber entregado al recurrente “el monto del sueldo, compensaciones, prestaciones y bonificaciones del puesto de Jefe de Departamento de Servicios Generales”; además tales datos se pusieron a la vista por tres días en el IEAIP para consulta del solicitante, sin que éste acudiera, por lo que la continuación del proceso legal no tiene razón de ser.
Finalmente, los Comisionados del IEAIP desestimaron la inconformidad del recurrente que interpuso Recurso de Revisión contra el Congreso del Estado, pues este Sujeto Obligado contestó a las dos únicas preguntas formuladas por éste respondiendo que: “con fecha 30 de diciembre de 2010, se contrataron los servicios de 42 celulares, bajo la contratación de sistema tradicional, para el uso de los Diputados integrantes de la LXI Legislatura” y “que no existen acuerdos sobre la adquisición de camionetas para el uso de los Diputados”.
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