La nueva norma está firmemente basada en el reconocimiento al principio de universalidad de los derechos humanos, al derecho a la igualdad ante la ley de todas las personas y a la prohibición de discriminar por cualquier causa o condición, incluyendo aquella basada en la orientación sexual y la identidad de género, hoy consagrados en México por la reforma constitucional en derechos humanos del 2011. Además, es congruente con los importantes criterios que sobre esta materia ha dictado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como con la respuesta dada por el Estado mexicano al Consejo de Derechos Humanos de la ONU de cara a las recomendaciones formuladas en el marco del segundo ciclo del Examen Periódico Universal, oportunidad en la cual México sostuvo que “reconoce y protege el derecho de toda persona a contraer matrimonio”. Te podría interesar...








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