En dicho juicio, Gutiérrez Muñoz demanda la anulación de la asamblea por la cual resultó electo como agente municipal, por tercera ocasión, Moisés Lorenzo Juárez Franco. Asimismo, manifestaron su inconformidad por la reelección de Manuel Alejandro Franco Ramos y Leoncio Ramos Juárez, como Agente de Policía suplente y Secretario, respectivamente, alegando que lo anterior contraviene a los usos y costumbres de la agencia en cuestión.
Sin embargo, el Pleno del Tribunal Electoral observó que la asamblea impugnada fue avalada por todas y todos sus integrantes, es decir, se expresó la voluntad de la comunidad, ejerciendo su libre determinación, su derecho al autogobierno y autonomía comunitaria, tal como se manifiesta en las actas de asamblea correspondiente. Por lo tanto, los demandantes no pueden manifestar que la reelección de los antes mencionados, vaya en contra del Sistema Normativo Interno de San Felipe Yegachin.
En este sentido, el TEEPJO confirmó el acta de elección referida, remarcando que la Asamblea General Comunitaria es la máxima autoridad electoral dentro de los municipios y agencias que se rijan bajo sus propios Sistemas Normativos Internos, por lo que la resolución de este juicio fue apegada a las características particulares de la agencia citada y con apego a sus usos y costumbres, señaló el Pleno de este órgano jurisdiccional.
Por otro lado, la magistrada y los magistrados electorales decidieron sobreseer y declarar infundados los agravios del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano (JDC), que promovió Julio César Alonso Chávez en contra de los actos del presidente y secretario de organización del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), toda vez que se verificaron elementos de convicción que desvirtúan la omisión alegada pro Alonso Chávez.Te podría interesar...








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