Ciudadania Express
Domingo 10 de mayo, 2015. 10:53 am

Aceptan amparos en caso Aristegui - MVS

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Los amparos de Sergio Aguayo, Manuel Gil, Lorenzo Meyer y Denise Dresser han sido admitidos. Oaxaca, México.- La Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (ODI) es una organización civil abocada a la defensa y promoción de los derechos humanos. Hemos promovido estos amparos para defender de el derecho de las audiencias al acceso a la información y de nuestro interés por la libertad de expresión. Se presentaron amparos en contra de tres autoridades: la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la SEGOB; el Instituto Federal de Telecomunicaciones; y MVS como concesionaria (autoridad de facto). Este aspecto resulta significativo ya que se llama a juicio a una concesionaria que debe acudir con carácter de autoridad y deberá rendir una explicación durante el juicio. carmenaristegui Los amparos interpuestos por los académicos Manuel Gil y Sergio Aguayo fueron admitidos el 23 de abril y son los que presentan un mayor avance. El amparo presentado por Denise Dresser fue admitido dejando bajo estudio la precisión de qué dirección dentro del IFT será llamada a juicio. El de Lorenzo Meyer fue admitido el 8 de Mayo. Las autoridades aludidas ya presentaron informes. La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la SEGOB argumenta que los quejosos no son conductores de las emisiones informativas de “noticias MVS” y por ende, no tienen un interés en el juicio en tanto que la emisión de los Lineamientos no les causa ninguna afectación. Además, la autoridad sostiene que no cuenta con competencia legal para prohibir la emisión y puesta en práctica de los lineamientos, con lo cual busca que el asunto sea visto como un tema netamente contractual. En un sentido similar, el Grupo MVS sostiene que los Lineamientos no están dirigidos ni a Manuel Gil, ni a Sergio Aguayo por lo que no les genera ninguna afectación. Esta posición supone que es una relación entre particulares, y no reconoce el carácter público de la concesión que ejerce, ni mucho menos las implicaciones de ser considerada como autoridad en el juicio de amparo. Por su parte, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) básicamente argumenta que todos los actos en materia de telecomunicaciones o sobre el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico son de orden público y no pueden ser suspendidos porque afectarían a toda la sociedad. Exhortamos a las autoridades a tramitar y dar respuesta pronta a los amparos interpuestos privilegiando siempre el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información de las audiencias, especialmente de niños, niñas y adolescentes. Para mayor información: Ricardo Ortega 55.33.35.93.70 o Margarita Griesbach 55.54. 03.04.58
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