En otro asunto la Sala Superior ordenó a la Sala Regional Especializada que reindividualice la sanción que se impuso al Partido Revolucionario Institucional (PRI) con motivo de la difusión de los promocionales denominados “Spot Ali Gamboa 1″ y “Spot Ali propuesta legislativa 1″ en radio y televisión.
Ello porque presuntamente constituyen uso indebido de pauta en la etapa de campañas del proceso electoral federal en Durango.
Lo anterior al considerar que es evidente que no existe proporción entre el punto en que se ubicó la multa y la sanción que finalmente le fue impuesta.
Ante ello se propuso revocar la sentencia reclamada para que la responsable, en el ámbito de sus atribuciones, imponga la sanción que en derecho corresponda al referido instituto político.
Asimismo declaró infundado el argumento del Partido Acción Nacional (PAN) en el sentido de que debió sancionarse al PVEM por la conducta que le fue atribuida al PRI, debido a que dichos institutos políticos participaron de manera coaligada.
Sin embargo, el Pleno determinó que al celebrarse la coalición parcial cada instituto político es responsable de la producción de materiales que se difundirán y de sus costos.
Durante la sesión pública el Pleno resolvió cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio electoral, dos juicios de revisión constitucional electoral, tres recursos de apelación, 21 recursos de reconsideración y 10 recursos de revisión del procedimiento especial sancionador, que hacen un total de 42 medios de impugnación.
(Con información de Notimex)
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