Cabe señalar que el reglamento interior de la Segob dice que los órganos administrativos desconcentrados les corresponde requerir informes correspondientes; mientras que a los organismos concentrados les corresponde presentar un informe anual sobre los avances de evaluación y resultados en la operación e instrumentación de los programas, objetivos, políticas, proyectos y actividades del órgano administrativo desconcentrado.
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