Para asegurar la renovación escalonada de los Comisionados en los primeros nombramientos, el Congreso del Estado especificará el periodo de ejercicio para cada comisionado tomando en consideración lo siguiente:
Nombrará a un nuevo comisionado cuyo mandato concluirá el 1 de septiembre de 2018; nombrará a un nuevo comisionado cuyo mandato concluirá el 1 de septiembre de 2019; nombrará a un nuevo comisionado cuyo mandato concluirá el 1 de septiembre de 2020.
“Los actuales Comisionados de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, que en virtud del presente Decreto concluyen sus funciones, tendrán derecho a participar en el proceso de designación de los nuevos comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales”, concedieron los diputados locales.
Así, los actuales consejeros: Esteban López José, presidente (PAN); Eréndira Fuentes Robles (PRD) y Gema Sheyla Ramírez Ricárdez (PRI), podrían participar en la renovación, pese a su cuestionado y polémico papel al frente de ese organismo autónomo, principalmente el papel que ha jugado el panista López José y la neo perredista Fuentes Robles, recomendada de la esposa del gobernador del Estado, Mané Sánchez Cámara de Cué.
Y en tanto se integra el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, continuarán en sus funciones conforme al orden jurídico vigente los actuales Comisionados de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
Para darle un nuevo rostro a ese organismo autónomo, las y los diputados establecieron que el Instituto de Transparencia sesionará colegiadamente y públicamente, se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
Su pleno estará integrado por un Comisionado presidente y dos Comisionados ciudadanos; serán designados por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes del Congreso del Estado, atendiendo a la idoneidad, experiencia y honorabilidad, así como a los principios de pluralidad, paridad de género, independencia, profesionalismo y no discriminación.
Durarán en el cargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán sustituidos individualmente en forma escalonada en los términos que determine la ley.
El nombramiento podrá ser objetado por el Gobernador del Estado, en un plazo de diez días hábiles. Si el Gobernador no objetare el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Comisionado la persona nombrada por el Congreso del Estado.
No podrán ocupar cargo en partidos políticos ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público, excepto en instituciones docentes, científicas o de beneficencia, siempre que no medie remuneración alguna. Sólo podrán ser removidos de conformidad con lo dispuesto en esta Constitución y las leyes de la materia. Percibirán una remuneración conforme la legislación que establezca el Estado.
Además, el Instituto tendrá un Consejo Consultivo integrado por cinco consejeros, de carácter honorifico y sin goce de sueldo, que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados por el periodo de cinco años.
La Ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas por la propia Cámara. Anualmente será substituido el consejero de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo periodo.Te podría interesar...








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