La también presidenta de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación, precisó que actualmente en nuestro Código Civil establece que en los casos del testamento marítimo y el otorgado en país extranjero, son validados siempre que se observen las disposiciones federales y de nuestra entidad, lo que no acontece con el testamento realizado ante el consulado.
Ante esta situación, la representante popular abundó que el testamento hecho en el extranjero ante las oficinas consulares destinados a surtir efectos en nuestra entidad, es equivalente al que otorgar un notario del Distrito Federal, en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, "en consecuencia el testimonio respectivo tiene plena validez, sin necesidad que cumpla con los requisitos establecidos en la legislación civil de nuestro Estado".
González Melo concluyó en la necesidad de adecuar nuestro marco jurídico a los requerimientos de la sociedad, aunado a que el testamento garantiza que toda persona pueda transmitir sus bienes y derechos, evitando juicios prolongados y conflictos entre los integrantes de la familia







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