“Se vale el debate fuerte, el debate donde haya propuestas, el debate donde haya señalamientos entre los servidores públicos, entre los políticos, entre los propios partidos”, expresó.
Sin embargo, lo que está expresamente prohibido por la Constitución y así ha sido ratificado en los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es que exista imputación de un delito, esto es, “la calumnia no se permite en los spots”.
De tal suerte, “coincido con el proyecto original que presentó la Unidad de lo Contencioso que es la que nutre las propuestas a la Comisión de Quejas que determinó que era calumnioso y por tanto se propuso sacarlo del aire”.
Durante la sesión de la Comisión realizada la víspera, sus integrantes las consejeras Beatriz Galindo Centeno (presidenta) y Adriana Favela Herrera, votaron para que se bajara del aire el spot, en tanto que el consejero José Roberto Ruiz Saldaña, votó en contra.
Al argumentar su votó en contra, Ruiz Saldaña observó que “una competencia con rispidez dentro de los límites (que establece la ley) siempre es recibida bien por mi parte, porque son competencias electorales, se necesita hacer una contrastación ciertamente de ideas”.
Comentó que durante la sesión a la que asistieron otros consejeros electorales que no forman parte de la Comisión, se dio un interesante debate porque hubo quienes sostenían que el contenido del spot panista era parte del debate público y otros que traspasaban la libertad de expresión.Te podría interesar...








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