El número de candidato a modificar aún no puede ser cuantificado o cualificado por el IEPC, porque cada partido registró un número diferente de candidatos.
El IEPC ordenó la suspensión de publicidad de toda la campaña con respeto a candidatos, porque es de ellos el registro que se determinó inválido; en cambio los partidos políticos pueden seguir promoviendo las campañas, pero en torno al instituto político correspondiente. “Por eso emitió al Instituto Nacional Electoral (INE) una medida cautelar para que haga lo propio en los temas de radio y televisión”, según explicó la consejera presidenta.Te podría interesar...








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