La magistrada Gabriela Villafuerte explicó que el artículo 209 de la Ley electoral establece que la propaganda impresa debe ser reciclable, biodegradable, no tener sustancias tóxicas o nocivas, además los partidos políticos deberán presentar un plan de reciclaje de propaganda que se utilizará.
No hay pruebas de que los calendarios impugnados fueron elaborados con material reciclable y tampoco de la existencia de un plan para ese fin, por lo cual la falta se consideró ordinaria y se impuso una sanción de un millón 181 mil 963 pesos, equivalente al 10 por ciento de sus ministraciones mensuales.
Por difundir espots, en los que aparecen los actores Galilea Montijo y Raúl Araiza, donde continúan con la campaña “Verde sí cumple”, ya declarada indebida, deberá pagar otra sanción por 2 millones 930 mil 283 pesos, osea, 25 por ciento de sus ministraciones de cada mes.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña argumentó en relación con el recurso interpuesto por el senador Javier Corral que estos promocionales alteran el modelo de comunicación política al generar una sobreexposición de la imagen del partido durante las precampañas frente al electorado.
Además, los magistrados exculparon al gobierno federal por el uso del programas de vales de medicinas para beneficiar al PVEM, así como del emblema Mover a México en la propaganda gubernamental.Te podría interesar...








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