En tanto, para las Diputaciones a más tardar se debe realizar el registro el 15 de febrero de 2016 y para Concejales Municipales el 23 de febrero del mismo año.
Por otra parte, en Sesión Especial el Consejo General del IEEPCO calificó como no válida la elección de concejales del Ayuntamiento de Santo Domingo Xagacía que electoralmente se rige por sistemas normativos internos, celebrada el dos de noviembre de 2015.
Lo anterior, puesto que no se permitió la participación de las mujeres de la comunidad en la asamblea, por tanto no se les garantizó a las ciudadanas el derecho a votar y ser votadas, en condiciones de igualdad frente a los hombres.
Tampoco a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas.
El órgano local electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos coadyuvará a la autoridad municipal a fin de llevar a cabo una nueva asamblea general comunitaria en la que se garantice la participación de todas las ciudadanas y los ciudadanos de dicho municipio.Te podría interesar...








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