Cabe señalar que un paso trascendente en el proceso de recuperación del poder adquisitivo de los salarios mínimos y del ingreso de los trabajadores se dio en enero pasado, con la promulgación de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo.
El siguiente paso es diluir, y posteriormente romper, la atadura del vínculo no formal entre el incremento del salario mínimo y los incrementos salariales en la contratación colectiva federal y local y, en general, con lo que se ha denominado el “efecto faro” del incremento del salario mínimo.
Además, por mandato de la reforma constitucional, el INEGI determina desde ahora el valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), por lo que desde el 28 de en enero fijó un valor inicial para este 2016 equivalente al del salario mínimo general vigente, es decir de 73.04 pesos diarios, 2 mil 220.42 pesos mensuales y 26 mil 645.04 pesos anuales.
Otros pasos tras la promulgación del decreto de reforma constitucional de desindexación del salario mínimo son:
● El Congreso de la Unión deberá emitir la Legislación reglamentaria para determinar en lo sucesivo el valor de la Unidad de Medida y Actualización, dentro de un plazo que no excederá de 120 días naturales siguientes a la publicación del Decreto de Reforma Constitucional.
● El Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados, así como las Administraciones Públicas Federal, Estatales y Municipales deberán realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia, según sea el caso, en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del decreto mencionado, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización.
● La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados ya tomó el acuerdo por el que se establece la Metodología para el Análisis de Iniciativas y Minutas en materia de salario mínimo; por lo que instruyó a las comisiones ordinarias de Hacienda y Crédito Público, de Trabajo y Previsión Social, de Competitividad y de Seguridad Social, realizar una profunda revisión del salario mínimo, para que, de manera conjunta, coordinen e identifiquen las iniciativas y minutas que se hayan presentado sobre el tema.
Por la importancia y seriedad del tema, creó un Consejo Técnico, encargado de regular y dirigir la fase previa a la dictaminación de las iniciativas relacionadas con el salario mínimo. A decir del acuerdo respectivo, en esta fase se identificarán los ejes rectores que servirán como una plataforma nacional de discusión y colaboración, que tendrá como finalidad generar un debate amplio, incluyente e informado.
La CONASAMI ha subrayado que la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo constituye un paso trascendente y una base firme para que la política de salario mínimo pueda transitar en el futuro sin una de sus principales ataduras, hacia una recuperación gradual y sostenida de su poder adquisitivo, que permita en un horizonte temporal viable, siempre teniendo en consideración las condiciones económicas por las que evoluciona la economía mexicana, llegar a ser un salario digno para los trabajadores de México.Te podría interesar...








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