La tesis presenta ideas propias, ideas ajenas citadas e ideas ajenas no citadas.
Se encontraron cinco formas de tratamiento de ideas ajenas:
• Reproducciones textuales de fragmentos de obras publicadas anteriormente de acuerdo a estándares académicos.
• Reproducciones textuales de fragmentos sin cita a pie de página ni en el apartado de la bibliografía.
• Reproducciones textuales en las cuales no existe cita a pie de página pero sí referencia en el apartado de bibliografía.
• Reproducciones textuales en las que se da crédito al autor de forma ambigua o imprecisa.
• Casos en los que se da crédito al autor original, pero no a la fuente de la que fue tomada la cita.
De lo anterior, la Facultad de Derecho procedió a la búsqueda de reglas que permitieran responder a un hallazgo de esta naturaleza y concluyó que:
1) Se trata de un caso sin precedentes en el que no existen disposiciones en los cuerpos regulatorios aplicables a ese procedimiento de titulación. Se solicitó una consulta técnica a la Universidad Nacional Autónoma de México para que confirme por escrito este criterio.
2) El Reglamento General de nuestra institución no es aplicable a ex alumnos.
3) Estamos frente a un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido.
Comunicación Institucional
Universidad Panamericana"
Enlace: http://www.up.edu.mx/es/noticias/29772/comunicadoTe podría interesar...








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