Refirió que la institución ha otorgado hasta el momento 13 permisos sobre prestación de servicios de salud en medios impresos y electrónicos, sobre productos y servicios, e insumos para la salud.
Dio a conocer que los requisitos para la publicidad en materia de salud son; contar con el registro ante el Sistema de Administración Tributaria (SHCP), solicitud para hacer el trámite ante la Cofepris o la dirección de Regulación y Fomento Sanitario, aviso de funcionamiento, licencia sanitaria y responsable sanitario (dependiendo del giro del establecimiento).
Luis Llaguno dijo que la regulación se aplica a todo tipo de establecimientos siendo los medicamentos, remedios herbolarios, suplementos alimenticios y cosméticos los que se han encontrado fuera de norma. Asimismo los medios de difusión deben asegurarse que la información que transmiten cuenten con el permiso correspondiente y copia certificada de la caratula del registro de publicidad.
Sostuvo que la Secretaría de Salud ordenará a los medios de comunicación la suspension inmediata - en 24 horas- de los anuncios de los productos o medicamentos que se comercialicen a los cuales se les atribuyan propiedades o efectos terapéuticos que no tienen.
Finalmente exhortó a la población a no dejarse engañar con productos o servicios que en su difusión exalten información que asegure curar enfermedades, hacerles bajar de peso, o que destaquen que son medicamentos, ya que lo recomendable es acudir a un médico especialista para seguir un tratamiento adecuado, para así, evitar daños a su salud.Te podría interesar...








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