a) Acudir a las oficinas autorizadas por el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca
b) El beneficio otorgado será vigente hasta el 28 de febrero de 2018.
2.- Se difiere la obligación de presentar declaraciones de impuestos estatales del cuarto al sexto bimestre que comprende los meses de julio a diciembre del ejercicio fiscal 2017, y el entero de las contribuciones estatales, mismas que deberán presentar y enterar, conforme al calendario siguiente:
Bimestre
Fecha de presentación de la declaración y entero del impuesto
Cuarto de 2017
17 de enero de 2018
Quinto de 2017
19 de febrero de 2018
Sexto de 2017
20 de marzo de 2018
Asimismo, los beneficios abarcan el Impuesto sobre Erogaciones, Impuesto al Hospedaje, Impuesto Cedular a los Ingresos por el Otorgamiento del Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles.
Para ser beneficiados de los estímulos fiscales en materia de impuestos estatales, los beneficiarios deberán solicitarlo a través del correo electrónico estimulos.estatales@finanzasoaxaca.gob.mx, o ante las Delegaciones Fiscales ubicadas en las zonas afectadas.
3.- Se suspende la emisión y ejecución de acciones fiscales estatales durante el periodo de septiembre a diciembre de 2017.Te podría interesar...








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