Dafne trabajaba en una tienda de Liverpool ubicada en San Juan del Río, Querétaro, no sabía que estaba embarazada pues padece hipotiroidismo y durante sus ocho meses de gestación asoció los síntomas que presentó con la enfermedad.
El 17 de febrero de 2015 sintió un dolor en el vientre, fue al baño y a las 17:30 horas presentó un parto fortuito (parto espontáneo que se da fuera de las instalaciones hospitalarias sin condiciones óptimas para la gestante y el producto) que le causó una hemorragia y la pérdida de conocimiento.
Por decisión del personal de la tienda, ella y su hija fueron atendidas y trasladadas a un hospital hasta las 19:50 horas, lapso en el que murió la recién nacida.
La abogada de Dafne, Karla Micheel Salas Ramírez, destacó hoy en entrevista con Ciro Gómez Leyva que Dafne fue víctima de violencia obstétrica porque se le negó una atención médica de calidad, sin embargo, dijo, la Procuraduría General de Justicia de Querétaro prefirió culparla de inmediato.
Primero se le acusó por el delito de aborto, tres meses después fue detenida por homicidio calificado contra su hija, y durante la audiencia en la que fue sentenciada se le acusó con argumentos estereotipados “por no actuar con su instinto de madre”.
En Querétaro está penado el aborto en cualquier etapa de la gestación, a excepción de que éste se ejerza porque el embarazo fue producto de una violación o porque la gestación sea interrumpida de forma “imprudencial”. De acuerdo al Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) de 2007 a 2012 al menos 98 mujeres fueron sentenciadas por abortar. Mientras que de 2013 a 2015 se registró que se iniciaron averiguaciones previas contra 11 mujeres inculpadas por la misma razón.
Desde el primer momento Dafne fue criminalizada. Durante su traslado al hospital y mientras recibió atención médica, estuvo custodiada en todo momento por personal de la Procuraduría, quien no preguntó su versión de los hechos ni sus antecedentes médicos, denunció durante la entrevista radiofónica la abogada Karla Micheel Salas Ramírez.
Mientras, Dafne cumple una condena por un delito que no cometió. La tienda que impidió la entrada de personal médico para atenderlas (a ella y a su hija) sólo fue sancionada con una multa de 30 mil pesos y no se investigó la responsabilidad del personal.
En un comunicado, el GADH instó al Tribunal otorgue el amparo a Dafne pues ello la dejaría en libertad y marcaría un precedente porque su caso es un ejemplo de la criminalización que viven las mujeres en México por parte del sistema de justicia. “Cada día que pasa en la vida de Dafne, sus derechos siguen siendo violentados”, sentenció.
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