La modificación establece cambios al Artículo 69 del Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal que indica que, en caso de contar con el documento testimonial, así como la constancia respectiva del consentimiento, el juez deberá autorizar la expedición del acta de nacimiento respectiva al cambio de identidad reservándose toda la información.
Las modificaciones al reglamento del Registro Civil entrarán en vigor en los próximos 30 días.
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