Ciudadania Express
Viernes 10 de febrero, 2017. 01:15 pm

Senador Adolfo Toledo Luis Exhibe ignorancia en Materia de Asuntos Indigenas

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Agencias

Oaxaca.-En el minuto 4:40 del video subido a YOUTUBE por su grupo de comunicación él senador dice que la pluriculturalidad de los pueblos se sustenta y fundamenta en el artículo 4° Constitucional, cosa que es un grave error ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos lo fundamenta en el artículo 2 Constitucional, cosa que los Diputados Locales y Presidentes de Comisiones de Asuntos Indígenas  de todo el País, Senadores y Diputados Federales Presentes se burlaron y en los posteriores discursos de sus compañeros como el Diputado Francisco Martinez Neri, Javier Bolaños Aguilar, Candido Coheto, Cesar Camacho recalcaron el error del Senador Jorge Toledo Luis.  En el Encuentro Nacional de Diputados Integrantes de las Comisiones de Asuntos Indígenas

13 JULIO- Diputado Adolfo Toledo InfanzónVideo

https://www.youtube.com/watch?v=zdQNeI8kfLs

En el encuentro nacional celebrado en la cámara de diputados reunidos diputados de comisiones de asuntos indígenas de las cámaras locales de los estados de la república mexicana y otros invitados indígenas. En dicho encuentro el dip oaxaqueño Candido Coheto Martinez presidnete la comisión de asuntos indígenas dio la bienvenida a todos los presentes en castellano, así también tuvo el uso de la palabra el senador de la republica Jorge Toledo Luis originario de juchiyan de Zaragoza Oaxaca, dando su respectivo mensaje que a diferencia del diputado Candido Coheto, este lo hizo en su lengua originaria el zapoteco, es de reconocer que el senador Jorge Toledo Luis es presidnete de la comisión de asuntos indígenas del senado de la republica, cabe mencionar que en su mensaje hace relucir el total desconocimiento de la constitución política de los Estados Unidos mexicanos toda vez que hace mención de La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas se encuentra sustentada en el artículo 4 de la ley suprema. Sin embargo y siendo claramente artículos fundamentales de la constitución es evidente su desconocimiento de tal ley, ya que la mención realizada es errónea ya qué tal información se encuentra en el artículo 2 de la constitución.

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