Concretamente, las disposiciones citadas señalan lo siguiente:
Art.11. Se impondrán de 200 a 400 días multas y prisión de 2 a 9 años al servidor público que…
III. Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política, o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado;
IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo, o a través de sus subordinados en sus horarios de labores.
Las carpetas de investigación se iniciaron en atención a diversas imágenes contenidas en notas periodísticas y redes sociales, donde se aprecia a personas utilizando, en los apoyos brindados a personas afectadas por el sismo en el Istmo de Tehuantepec, logotipos de partidos políticos o promoción personal.
La Fiscalía General hace un llamado a los servidores públicos y representantes de elección popular de los diferentes partidos políticos, a respetar y observar los principios previstos en los artículos 134 de la Constitución Federal y 137 de nuestra Constitución Local, en el sentido de que los recursos públicos deben administrarse con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, y sin afectar la equidad de la competencia en el proceso electoral.
La Fiscalía General del Estado pone a disposición de la ciudadanía todas las agencias del ministerio público de Oaxaca y los siguientes números telefónicos para presentar sus denuncias: 019515016911 y 019515016900 ext.21763, 21764 y 21765.Te podría interesar...








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