La institución ministerial inició carpeta de investigación 2646/DF/ZC/2017 por los delitos de resistencia de particulares y portación de arma de fuego; sin embargo, el detenido fue liberado, debido que el delito de resistencia de particulares, que es competencia del fuero común, no se encuentra dentro del catálogo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como de los que ameritan prisión preventiva oficiosa, así como tampoco dentro de alguna de las fracciones del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Aunado a lo anterior, por el tipo de delito del que se trata y las circunstancias particulares del detenido, se consideró que no existían suficientes elementos para que el Ministerio Público solicitara la medida cautelar de prisión preventiva, esto de conformidad con el referido artículo 167 del Código antes mencionado.
No obstante ello, la investigación seguirá su curso y en su caso se comunicará imputación ante un Juez de Control.
Por lo que respecta al delito de portación de arma de fuego, continuará conociendo la Procuraduría General de la República en virtud de que se trata de un delito federal.
Te podría interesar...








Esta conversación es moderada acorde a las reglas de la comunidad “Ciudadanía Express” . Por favor lee las reglas antes de unirte a ella.
Para revisar las reglas da clic aquí