Recalcó que los padres tienen el derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias arbitrarias del Estado, y esta garantía no sólo implica el elegir el nombre, sino establecer el orden de sus apellidos.
“Privilegiar el apellido paterno persigue mantener concepciones y prácticas discriminatorias en contra de la mujer. Tal objetivo es inaceptable desde el derecho a la igualdad de género, el cual está reconocido en el artículo 4° de la Constitución, y artículos primero de la Convención para la Eliminación de la Violencia en contra de la Mujer; tercero del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos; primero de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de manera general, y específicamente, en el artículo sexto de la Convención Belem do Pará”, indicó.
El reconocimiento constitucional de este derecho, apuntó, tiene como objetivo reafirmar el igual valor y dignidad de la mujer con respecto al hombre, por lo que ésta tiene derecho a intervenir en condiciones de equidad en todas las relaciones sociales, laborales y familiares en las que participe.
“Ni los roles, costumbres o prejuicios deben servir de pretexto para negarle el ejercicio de algún derecho. Todo lo contrario, el derecho a la igualdad impone que se adopten medidas apropiadas para eliminar los estereotipos y prácticas atingentes a los papeles de hombres y mujeres, que surgen de modelos de inferioridad de un sexo respecto a otro, o bien de las funciones de género, las cuales no necesariamente están definidas por el sexo”, concluyó.
De la misma forma, el diputado Juan Mendoza Reyes, presentó de manera conjunta con el coordinador de los diputados perredistas, Carol Antonio Altamirano un punto de acuerdo para que el delegado estatal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, informe respecto a los avances y fecha de conclusión de las carreteras Oaxaca-Istmo y Oaxaca- Costa, así como un exhorto al gobernador para que gestione la conclusión de las obras.Te podría interesar...








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