Por ello, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016 el instituto realizó una amplia labor con las comunidades para informar sobre la disposición Constitucional de incluir a las mujeres en la vida política así como su participación en las elecciones de su comunidad, su derecho a votar y ser votadas, todo ello en el marco del respeto a su autonomía.
De igual forma, el Consejo General hizo una extensa revisión de los expedientes con la información de las elecciones y calificó en consecuencia las elecciones apegado a la normatividad electoral vigente así como a los principios rectores electorales.
En el caso de las inconformidades presentadas por habitantes de algunas poblaciones, existen las vías legales que se han encauzado a través de los medios de impugnación en los órganos jurisdiccionales, que son el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), la Sala Regional Xalapa y finalmente la Sala Superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación.
Respecto a las resoluciones dictadas por el TEEO, la temporalidad para atender lo dictado por los órganos jurisdiccionales se encuentra asentada en las sentencias respectivas y el órgano local electoral ha cumplido con lo mandatado de manera puntual.
En las resoluciones donde se vincula a diversas instancias, al instituto y a las autoridades municipales para coadyuvar en la realización de elecciones extraordinarias, esta labor conjunta se atiende de manera inmediata y se realizan reuniones interdisciplinarias con diversas dependencias como la Secretaría General del Gobierno para cumplir lo mandatado.
EL IEEPCO ha acatado en tiempo y forma todas las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y lo hará en el caso de resolverse los medios de impugnación que actualmente están promovidos para el caso de algunos municipios de la entidad.Te podría interesar...








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