IMACFoto: César Martínez López[/caption]
Hasta octubre de este año 26 entidades hicieron los cambios pero sigue pendiente en Baja California, Nuevo León, Querétaro, Sonora, Guanajuato y Chihuahua.
Uno de los estados que armonizó su Código Civil fue Aguascalientes pero después de la reforma al artículo 145, la Comisión de Derechos Humanos del estado interpuso una Acción de Inconstitucionalidad (22/2016) en la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revertir los cambios.
A propósito de este recurso en la Suprema Corte, la coordinadora de Investigación de GIRE aclaró en entrevista que las dispensas en los estados se establecían para permitir que personas de 16 a 18 años contrajeran nupcias, por lo que no fomentaba el matrimonio infantil.
En opinión de esta organización, las dispensas deben permitirse ya que se trata de excepciones en condiciones específicas y el debate en la Suprema Corte, que lleva aplazándose desde 2016 y que aún no tiene fecha para resolverse, debe declarar inconstitucional las reformas en Aguascalientes.
La postura de GIRE es que la prohibición absoluta de las dispensas en todos los estados puede resultar contraproducente. “Si lo que queremos es proteger a las niñas de matrimonios forzados, de situaciones de violencia, de embarazo adolescente, etcétera, prohibir el matrimonio es una medida al menos superficial”, destacó.
A 2011, 80 por ciento de las 455 mil 807 niñas y niños de 12 a 17 años casados, en unión libre, divorciados, separados o viudos, eran mujeres en este rango de edad, de acuerdo con datos de la Red por los Derechos de la Infancia (Redim).
Instancias como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y otras organizaciones defensoras de los derechos de niñas y niños, han señalado en reiteradas ocasiones que el matrimonio en edades tempranas constituye una violación a los Derechos Humanos (DH) porque lesiona el desarrollo y futuro de las niñas y los niños y adolescentes y porque son la forma más generalizada de abuso sexual y explotación, por lo que no deberían ser aceptadas y sí sancionadas por leyes homogéneas, además de atendidas por políticas públicas articuladas.
No obstante, la abogada de GIRE destacó que en los casos de embarazo temprano o violencia existen varios factores que influyen y que no necesariamente pasan por el matrimonio, situación que la organización detallará en el informe “Prohibir sin proteger. El matrimonio adolescente en México”, que se presenta este 13 de diciembre.
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