En la Resolución de los Recursos de Revisión 292/2017 y 316/2017 correspondientes al Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, el Consejo General del IAIPO ordenó proporcionar de forma veraz el acceso a la información pública de oficio. En el primero de ellos, el Ayuntamiento debe informar sobre los puestos de la administración 2017-2018; en el segundo, debe proporcionar la información y documentos solicitados por el Recurrente en su solicitud de información emitida a través del Sistema Infomex Oaxaca.
En el Recurso de Revisión 223/2017 interpuesto en contra del Ayuntamiento de San Agustín de la Juntas, el Pleno del IAIPO estableció que dicho Ayuntamiento debe entregar el expediente técnico de los sanitarios públicos así como diversos documentos del referido contrato de obra del municipio en mención.
En el asunto 335/2017 correspondiente al Municipio de Santo Tomas Tamazupalan, Miahuatlán, Oaxaca, el pleno del IAIPO ordenó entregar copias certificadas del contrato de obra, denominada “ampliación de la red de energía eléctrica” y copia certificada de la Fianza de Anticipo de la obra denominada ampliación de la energía eléctrica.
Al resolver los asuntos 199/2017, 179/2017, 182/2017, 188/2017, 200/2017, 209/2017, 212/2017 y 215/2017 correspondientes a la Secretaría de Vialidad y Transporte, el Consejo General de IAIPO ordenó la entregar la información correspondiente. En el primero se establece que Sevitra debe entregar copia certificada del documento público que contiene el alta del vehículo para la prestación del servicio público de alquiler en su modalidad de taxi.
Mientras que, para el segundo asunto, se ordenó a la Sevitra haga entrega en versión pública copia certificada de la tarjeta de circulación del vehículo autorizado para prestar el servicio público de alquiler taxi en la ciudad de Huajuapan de León Oaxaca.
Al atender el Recurso de Revisión 123/2017 interpuesto en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca, el Órgano garante determinó que se debe proporcionar la información acerca del reglamento interno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado vigente, el órgano u órganos de control interno y su domicilio, las facultades de los órganos de control interno y el manual de procedimientos para la investigación de faltas a la función pública de los funcionarios públicos adscritos.
En el caso 336/2017, ante la falta de respuesta, el Pleno del IAIPO ordenó a la Coordinación General de Comunicación Social del Estado de Oaxaca, informar los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Para los Recursos de Revisión 091/2017, 265/2017, 134/2017, y 144/2017 correspondientes a la Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Vialidad y Transporte, y el Instituto Oaxaqueño de las Artesanías, fueron declarados sobreseídos ya que los Sujetos obligados acreditaron entrega de información en tiempo y forma, modificaron su acto y entregaron la información o bien el recurso de revisión es improcedente.
Finalmente, en la Sesión Ordinaria, el Consejo General del Órgano Garante, señaló que se reforzaran esfuerzos para que los Sujetos obligados cumplan de manera oportuna con las respuestas a las solicitudes de información.
El Pleno del IAPO señaló de manera oportuna la recurrencia que existe por parte de la Secretaría de Vialidad y Transporte así como del Municipio de San Juan Bautista Tuxtepec ante la falta de respuesta de estos dos Sujetos obligados, afirmó que trabajan en conjunto para eliminar estas malas prácticas.Te podría interesar...








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