En ese sentido, ordenaron al IEEPCO gestionar las adecuaciones y ampliaciones presupuestarias necesarias para cumplir con el mencionado acuerdo, a favor de los partidos políticos Nueva Alianza, Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, MORENA, Encuentro Social, Unidad Popular, Social Demócrata y Renovación Social, y se les otorgue lo acordado al mes de diciembre del año pasado, a fin de hacer valer sus derechos y garantías de recibir sus prerrogativas. Ante ello, el Tribunal Electoral vinculó a la Secretaría de Finanzas y al Gobierno del Estado para el cumplimiento de esa sentencia.
*Revoca elección en San Antonio Nanahuatipam
Asimismo, en sesión pública, invalidaron la elección municipal en San Antonio Nanahuatipam al resolver los juicios JNI/22/2017 y JNI/23/2017, el Pleno del TEEO consideró que en la elección de autoridades se violaron las reglas de su catálogo de sistemas normativos internos, transgrediendo con ello su derecho a la autodeterminación.
A criterio de los magistrados, la asamblea incurrió en irregularidades debido a que el acta de asamblea que el Instituto calificó como válida no cumple con los usos y costumbres de la comunidad, por lo anterior, se dejó sin efectos las constancias de mayoría y las acreditaciones expedidas a favor de los concejales electos en la Asamblea cuatro de diciembre de 2016 y se ordenó al IEEPCO expedir las constancias de mayoría quienes resultaron electos en Asamblea de seis de noviembre de ese año.
En lo referente al expediente JNI/102/2017 y sus acumulados, referentes a la elección de San Esteban Atatlahuaca, los demandantes solicitaron ante este órgano autónomo la invalidez de la elección en dicho municipio, debido a que en la Asamblea de catorce de agosto se procedió a votar únicamente en lo relativo a la Regiduría de Cultura, no se permitió la participación de Paula Bautista Sandoval como candidata a la Regiduría en cuestión y la convocatoria no se emitió conforme a los principios tradicionales de la comunidad.Te podría interesar...








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