

Lilia TORRENTERA G.
Oaxaca.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), anulando con ello el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca (lEEPCO) que permitía la reelección del alcalde morenista de San Antonio de la Cal.
La resolución tumba el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-17/2025 que había aprobado la modificación del Sistema Normativo Indígena (SNI) para incorporar las figuras de reelección, elección consecutiva y terminación anticipada de mandato, una medida impulsada por el actual presidente municipal, Porfirio Santos Matías, para mantenerse en el poder.
Fallo contra la manipulación y el abuso de poder
El TEPJF determinó que las modificaciones eran inválidas por dos razones fundamentales, relacionadas directamente con la violación a la autonomía municipal:
La magistrada presidenta Roselia Bustillo Marín señaló, en su ponencia, su desacuerdo en la pretendida reelección del edil Santos Matías al señalar que todo momento se violentó la Consulta Previa e Informada, así como la Autonomía Municipal y que por lo tanto las supuestas asambleas que realizó el alcalde son totalmente inválidas.
La magistrada oaxaqueña con firmeza indicó que el Ayuntamiento contaba con facultades para realizar por sí mismos las asambleas consultivas y sin embargo no los realizó, así como tampoco se respetó el derecho de las y los habitantes de San Antonio de la Cal a una consulta previa, libre e informada respecto a las figuras de reelección, elección consecutiva y terminación anticipadamente mandato.
“Es por ello que mi propuesta es revocar la validez a las modificaciones en el sistema normativo indígena del municipio de San Antonio de la Cal”.
Por su parte, la magistrada Eva Barrientos Zepeda señaló que el fallo "protege la autonomía de la comunidad y frena la ambición de un funcionario".