- La Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció por primera vez el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo.
Oaxaca.-Esta histórica decisión fue anunciada el 7 de agosto de 2025, basándose en la Opinión Consultiva OC-31/25, resultado de una solicitud presentada por la República Argentina en enero de 2023.
La Corte definió que el derecho al cuidado comprende tres dimensiones básicas:
Derecho a ser cuidado: Todas las personas con algún grado de dependencia tienen derecho a recibir cuidados adecuados, suficientes y de calidad para vivir con dignidad.
Derecho a cuidar: Implica el derecho a brindar cuidados en condiciones dignas, remunerados o no, sin discriminación y respetando los derechos humanos de los cuidadores.
Derecho al autocuidado: Comprende el derecho de quienes cuidan y son cuidados a procurar su propio bienestar físico, mental, emocional y cultural.
La Corte subrayó que el cuidado es una necesidad básica universal y clave para la existencia de la vida humana y el funcionamiento social. Además, estableció que los Estados tienen la obligación de respetar, garantizar y adoptar medidas para la plena efectividad de este derecho.
El fallo también enfatiza la importancia de condiciones laborales justas para los trabajadores remunerados del cuidado, el reconocimiento del trabajo no remunerado, la igualdad y la no discriminación, y la implementación de políticas públicas que promuevan una distribución equitativa del cuidado entre mujeres y hombres.
Resalta además la relación estrecha entre el autocuidado y la salud sexual y reproductiva, exigiendo a los Estados asegurar acceso a información y servicios en este ámbito.
Este reconocimiento marca un avance significativo para los derechos humanos en América Latina y un hito para los movimientos feministas y sociales que han luchado por el reconocimiento del cuidado como una cuestión de justicia social y un derecho colectivo que involucra a toda la sociedad.