

Lilia TORRENTERA G.
Oaxaca.- Por primera vez, una comunidad indígena, se enfrenta a la industria refresquera al tomar una medida autónoma para salvaguardar la salud de su niñez y juventudes que, prohíbe la venta, suministro, distribución, promoción y publicidad de bebidas energizantes a personas menores de 18 años.
En un comunicado dirigido a la población, el Ayuntamiento de Ixtlán de Juárez, encabezado por el Presidente Municipal, Hugo Vargas Hernández, se informó oficialmente esta disposición histórica, que representa un acto de soberanía comunitaria frente a los intereses comerciales de las grandes transnacionales de bebidas endulzantes que distribuyen estos productos con altos contenidos de cafeína, taurina, glucuronolactona y guaraná.
En el documento firmado por todos los integrantes del Cabildo, se precisa que la medida tiene como finalidad proteger la salud y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes dando cumplimiento al Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho a la protección de la salud y el interés superior de la niñez.
También se invoca al Artículo 115 constitucional, que faculta a los municipios aplicar regulaciones en materia de salubridad y comercio local. Asimismo, se respalda la prohibición en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Oaxaca y la Norma Oficial Mexicana NOM-218-SCFI relativa a bebidas energéticas.
Esta medida tiene como finalidad proteger la salud y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, en atención al Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho a la protección de la salud y el interés superior de la niñez, así como al Artículo 115 constitucional, que faculta a los municipios para regular en materia de salubridad y comercio local.
Se respalda además en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Oaxaca y la Norma Oficial Mexicana NOM-218-SCFI relativa a bebidas energéticas.
Ixtlán de Juárez, municipio zapoteco de la Sierra Norte de Oaxaca gobernado por usos y costumbres, se posiciona, así como un ejemplo nacional de protección comunitaria, ya que esta iniciativa prioriza el bienestar de las nuevas generaciones sobre intereses comerciales externos, enviando un mensaje claro sobre la importancia de regular el acceso a productos que afectan el desarrollo físico y cognitivo de los menores.
El Ayuntamiento hace un llamado a toda la población, comerciantes y establecimientos a cumplir esta disposición para no vender este tipo de bebidas a menores de edad, y solo las personas adultas, presentando su credencial de elector, podrán comprar dichos productos, que científicamente se ha comprobado dañan severamente la salud de quienes los consuman.


