

Oaxaca.- Litigio Estratégico Indígena A. C. denunció que a más de un año de la aprobación de la reforma constitucional que reconoce a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público, el Congreso de la Unión sigue sin cumplir con la expedición de la ley reglamentaria.
La falta de esta legislación, explicó, impide que varias de las disposiciones aprobadas puedan traducirse en mecanismos concretos de protección y ejercicio de derechos.
Este viernes 12 de junio de 2026, el Juzgado 3 de Distrito en el Estado de Oaxaca celebrará la audiencia constitucional dentro del juicio de amparo 44/2025 promovido por Litigio Estratégico Indígena.
En este amparo, la asociación civil oaxaqueña, reclama la omisión del Congreso de la Unión de expedir la ley reglamentaria derivada de la reforma al artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 30 de septiembre de 2024.
La demanda sostiene que el Congreso de la Unión ha incumplido el mandato contenido en la propia reforma constitucional, que ordenó la expedición de la legislación necesaria para desarrollar los derechos reconocidos a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
La reforma fue impulsada por el entonces presidente López Obrador y constituyó una de las últimas modificaciones constitucionales aprobadas durante su administración. Entre otros aspectos, reconoció a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, fortaleció el derecho a la libre determinación y amplió el catálogo de derechos colectivos reconocidos en la Constitución. Entre otras
Sin embargo, diversos aspectos de la reforma requieren desarrollo legislativo para su aplicación efectiva. De acuerdo con los promoventes del amparo, la ausencia de una ley reglamentaria impide que varias de las disposiciones aprobadas puedan traducirse en mecanismos concretos de protección y ejercicio de derechos.
Mariana Yáñez Unda, vicepresidenta de Litigio Estratégico Indígena A.C., señaló que la audiencia permitirá analizar judicialmente el incumplimiento de una obligación constitucional expresa.
“La reforma indígena fue presentada como un cambio histórico para los pueblos indígenas y afromexicanos. Pero los derechos no se garantizan únicamente con reformas constitucionales. También se requieren las leyes que permitan hacerlos efectivos. El Congreso de la Unión tiene la obligación constitucional de legislar y hasta ahora no lo ha hecho”, afirmó.
La representante de la organización recordó que no se trata del único mandato legislativo pendiente en materia de derechos humanos e indígenas.
Entre los incumplimientos más relevantes se encuentra la expedición de la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, ordenada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo en revisión 1144/2019. En esa sentencia, la Segunda Sala reconoció la existencia de una omisión legislativa federal y ordenó al Congreso de la Unión emitir la legislación correspondiente.
A cinco años de aquella resolución, la ley general de consulta continúa sin ser aprobada.
Otro pendiente legislativo es la expedición de la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional, relativa a la suspensión y restricción de derechos humanos en situaciones excepcionales, obligación derivada de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 que tampoco ha sido cumplida.
“Existen sentencias de la Suprema Corte y mandatos constitucionales que siguen esperando cumplimiento. Eso demuestra que todavía hay una deuda importante en la construcción del marco jurídico de los derechos humanos. A pesar de ello, seguiremos utilizando las herramientas constitucionales disponibles para exigir que esas obligaciones se cumplan”, sostuvo Yáñez Unda.
Durante la audiencia constitucional, la jueza federal analizará los argumentos presentados por las partes y determinará si la omisión reclamada resulta contraria a la Constitución.
La resolución que emita el Juzgado Tercero de Distrito podría convertirse en uno de los primeros pronunciamientos judiciales relacionados con el cumplimiento legislativo de la reforma indígena de 2024 y con los alcances de la obligación del Congreso de la Unión de expedir las leyes necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución.