

Roberto SANTIAGO
Oaxaca.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la pérdida del registro como partido político local del Partido Unidad Popular en el estado de Oaxaca. La resolución judicial se fundamenta en que dicho instituto obtuvo el 2.6 por ciento de la votación en el proceso electoral 2023-2024, cifra que se sitúa por debajo del umbral del 3 por ciento que establece la Constitución para la conservación del registro legal.
El partido presentó un recurso de revisión bajo el argumento de que las autoridades omitieron juzgar el caso con una perspectiva intercultural.
En su defensa, la organización solicitó considerar su naturaleza de partido indígena y señaló factores de desigualdad y falta de equidad durante la contienda.
Asimismo, el partido sostuvo que el artículo 2 constitucional reconoce a las comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público y que el financiamiento recibido para las campañas limitó la difusión de sus actividades de propaganda.
Por su parte, la sentencia determinó que el requisito de obtener el 3 por ciento de la votación es una regla establecida con anterioridad al proceso y vinculante para las organizaciones políticas.
El tribunal concluyó que las autoridades electorales actuaron según el marco constitucional y en cumplimiento de los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales establecen que no existen fundamentos para aplicar excepciones a este límite porcentual, incluso tratándose de partidos con reconocimiento indígena.