Esto lo hacen, por supuesto, los demás medios en proporción a su capacidad de distribución informativa. El problema es que Notimex vive con cargo al erario. La agencia la pagamos usted y yo. Por esta razón es de interés público que esa empresa funcione de la mejor manera. El diseño institucional de Notimex estuvo pensado para que eso suceda. Se sabe, sin embargo, que siempre hay una distancia entre lo que se diseña y lo que al final se genera. Lo cierto es que no se cuenta con herramientas para verificar que la información generada tenga “absoluta independencia editorial” y sea “imparcial”, así como “objetiva”. No se tienen los instrumentos para medir el grado de cumplimiento de esos fines. Se vuelve en la práctica un acto de fe cuando debiese ser lo contrario.
Tercero. Es evidente que el Director General de Notimex no decide en solitario la línea editorial. Sí interviene en forma decisiva qué ruta se sigue. Más todavía si no tiene contrapesos internos por buenas o malas razones. El Presidente Calderón ha nombrado a Héctor Villarreal, a quien conozco personalmente y tengo una buena impresión de él. Más aún, lo considero una persona inteligente y esforzada. Así también estoy convencido de su compromiso político con el Partido Acción Nacional, en el que milita y hace poco era su vocero, así como con Calderón donde servía hasta hace unos días como subsecretario de Normatividad de Medios.
Dice el refrán que no basta ser, sino parecer. Aquí no se es y peor todavía, ni siquiera se parece. Ser Director General de Notimex impone un compromiso a la independencia y el reconocimiento de la comunidad por poseer una neutralidad razonable. En esta decisión presidencial hay claramente un conflicto de interés, exacerbado por el proceso electoral de 2012, que hace más visible esta circunstancia. El presidente Calderón ha ejercido, con cuestionamientos, sus atribuciones al designarlo como director de Notimex.
El Senado debe hacer lo propio y considerar “objetar dicho nombramiento por mayoría” o dejarlo pasar sin hacer mutis, pues “la instancia legislativa (tiene) treinta días para resolver; vencido este plazo sin que se emita resolución al respecto, se entenderá como no objetado el nombramiento del Ejecutivo Federal”, según refiere el artículo 16 de la ley en cuestión. Habrá que ver qué predomina: si el interés de la sociedad o la ventaja política personal o de grupo, aunque ello implique lesionar el débil tejido institucional. Se podría pasar de agencia de Estado en la ley, a vocera de gobierno en los hechos. El Senado tiene la palabra.
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