La reforma –que entrará en vigor cuando se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal– indica que el artículo 23 de la Ley de Cultura Cívica dirá que es infracción contra la dignidad de las personas “condicionar, insultar e intimidar a la mujer, que alimente a una niña o a un niño a través de la lactancia, en las vías y espacios públicos”.
La iniciativa del PVEM pretendía imponer sanciones como multas, prisión y trabajo comunitario; sin embargo en Comisiones se acordó innecesario establecer sanciones penales toda vez que se trata de evitar que las mujeres sean objetos de burlas, ofensa, vejaciones o prodiciones por ejercer un derecho.
Con estas reformas el artículo 6 de la Ley sobre Discriminación también menciona que una conducta discriminatoria es limitar, obstaculizar o impedir el derecho a la alimentación correcta de una niña o niño, al insultar o condicionar a la mujer que lo amamanta.
Al aprobar estas reformas el pleno de la ALDF consideró que según el censo del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) en la Ciudad de México registró cada año 145 mil nacimientos, por lo que las reformas beneficiarían a las mujeres y a sus recién nacidos.
En contraste, de acuerdo con la Encuesta de Salud y Nutrición de 2012 se observó una disminución en la lactancia, ya que pasó de 22.3 por ciento a 12.5 por ciento en las zonas urbanas a nivel nacional; y en el caso de la capital, la Secretaria de Salud local reportó que sólo 4 de cada 10 mujeres amamantan.
Por otra parte, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se recomienda la lactancia materna de forma exclusiva durante los primeros seis meses de vida y después se combina con otra alimentación hasta los dos años de edad.
Las modificaciones normativas también incluyeron otros cambios a la Ley de Salud y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para lograr un marco regulatorio integral que permita el fomento de esta práctica sin discriminación.Te podría interesar...








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