Sin embargo, al analizar el recurso de impugnación los Magistrados determinaron que se acreditan los agravios expresados por Aragón Ruiz, ya que la citada sesión de Cabildo fue ilegal debido a que el pago de dietas es una garantía de seguridad jurídica para el desempeño independiente y efectivo del cargo, garantizando con ello el pago íntegro y oportuno de su remuneración.
Por lo anterior, el Pleno del TEEO ordenó al Presidente e integrantes del Municipio de Santo Tomás Tamazulapam que en un plazo de cinco días posteriores a la entrega de la notificación correspondiente, realicen el pago de las prestaciones reclamadas por el demandante. Asimismo, se instruyó a dicha autoridad a restituir al demandante en el completo ejercicio y desempeño de su cargo.Te podría interesar...








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