Y en la cual, el Tribunal Electoral local declaró fundada la demanda ordenando a José Villanueva Rodríguez, en su carácter de Presidente Municipal, el pago por concepto de dietas y de gratificación a cada uno de los demandantes.
Sin embargo, ante el incumplimiento por parte del presidente municipal en turno, a más de dos años de haberse emitido la sentencia; a principios del presente año, los magistrados que integran el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca requirieron al Congreso del Estado continuar con el procedimiento de revocación del mandato.
Ello, con la finalidad de garantizar la completa protección de los derechos político electorales de la ciudadanía, en la vertiente del ejercicio del cargo, así como de dar un alcance real a las sentencias emitidas por este órgano jurisdiccional y coadyuvar a la solución de conflictos electorales que pudieran generarse por el no cumplimiento de las mismas.
Cabe señalar que, como lo mencionan los magistrados del TEEO, el derecho a integrar un ayuntamiento no se limita a poder formar parte del mismo, sino que implica también la facultad de ejercer las funciones inherentes al cargo y disfrutar de las prerrogativas derivadas de ese ejercicio, entre ellas, la de recibir una remuneración económica por el desempeño de sus funciones.
Dato: hasta la fecha el Presidente Municipal de Ocotlán de Morelos, José Villanueva, no ha cumplido con tal determinación.Te podría interesar...








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