CIMACFoto: César Martínez López[/caption]
Si bien la norma establece que no podrá invocarse la objeción de conciencia cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica y describe que el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral, grupos defensores de los derechos de las mujeres alertan que puede ser un pretexto para no garantizar el derecho al aborto.
En todo el país el aborto es legal cuando es producto de una violación sexual, en 24 estados cuando la vida de la mujer corre peligro, en 14 cuando hay complicaciones de salud y solo en la Ciudad de México cuando es voluntad de la mujer, sin embargo grupos feministas alertaron que la objeción de conciencia puede usarse para impedir que el personal médico practique la interrupción legal del embarazo.
En un comunicado la CNDH informó que dicha regulación debe de ser dentro del estricto respeto al marco constitucional y convencional existente, de manera que garantice plenamente el respeto y la protección de los derechos fundamentales.
De acuerdo con el organismo, la Suprema Corte debe ser quien decida sobre la constitucionalidad de la norma por ello presentó el recurso producto de un proceso de diálogo y debate con organizaciones de la sociedad civil, académicos y personas expertas en la materia y representantes de organismos vinculados con la protección y defensa de los derechos.
Asimismo el organismo informó que presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley General de Comunicación Social por considerar que no establece reglas claras para la contratación de publicidad oficial, lo cual representa riesgo para el ejercicio de la libertad de expresión en su dimensión colectiva, así como para el derecho de acceso a la información plural, pues la ausencia de tales reglas genera efectos silenciadores y disuasivos en algunos medios de comunicación.
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