En respuesta, la PGR proporcionó al particular información estadística sobre las averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por el delito de tortura de 2015 a 2017, de acuerdo con un comunicado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Protección de Datos Personales (INAI).
Inconforme con los datos entregados, el ahora recurrente, interpuso un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, en el que manifestó que la información no correspondía con lo solicitado, ya que no se le entregó el dato de las denuncias peticionadas.
En alegatos, el sujeto obligado señaló que el Sistema Institucional de Información Estadística únicamente cuenta con el rubro “averiguaciones previas y carpetas de investigación” relacionadas con el delito de tortura y no permite desagregar la información con las características requeridas por el particular.
Al analizar el caso, la ponencia de la comisionada Puente de la Mora advirtió que la PGR entregó información que no correspondía con las denuncias presentadas, mientras que, en solicitudes anteriores, proporcionó el número de denuncias relativas al delito de tortura desglosadas por año.
Además, no cumplió con el procedimiento de búsqueda exhaustiva previsto en la ley en la materia, pues omitió turnar el requerimiento de información a todas las unidades administrativas competentes.
Por ello el pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la PGR y le instruyó realizar una nueva búsqueda del número de denuncias presentadas ante el sujeto obligado por el delito de tortura, desagregado por institución a la que pertenece o pertenecía la autoridad responsable, delito y año.Te podría interesar...

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