En el caso del partido Encuentro Social, el principal era el Juicio de Inconformidad SUP-JIN-1/2018 se impugnó el cómputo de la elección presidencial en la totalidad de los 300 distritos electorales federales en los que se divide el país.
Con respecto a este juicio, el magistrado ponente, Felipe de la Mata Pizaña, consideró que las irregularidades aludidas por el partido, no eran suficientes para revisar todo el procedimiento, además de que se presentó fuera del plazo correspondiente y, por lo tanto, se debía sobreseer.
Además, consideró infundado el argumento del partido en el sentido de anular la elección porque no había condiciones de seguridad, lo cual, a consideración del magistrado, no ocurrió, puesto que no se presentaron suficientes pruebas y solamente se habló de un municipio.
En torno a otra de las impugnaciones de Encuentro Social, sobre el cómputo de 15 mil 324 casillas, se basaba en el argumento de que en ellas se debía anular la votación en favor de Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco”, porque supuestamente no estaba registrado.
Como las elecciones ya pasaron y sí se consideró válida la votación para el citado candidato independiente, el Tribunal decidió sobreseer el asunto y no realizar el recuento que pretendía el partido.
Todos estos asuntos los avalaron los magistrados de manera unánime y sin discusión.

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