Lo anterior, en cumplimiento a lo mandatado en la sentencia SUP-REC-1487/2017 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de reponer esta parte del procedimiento de registro.
Respecto a las solicitudes de registro de las candidaturas presentadas en el actual proceso, conforme a la ley, se recepciona la documentación, en espera de la determinación definitiva sobre la participación de esta organización en las elecciones.Te podría interesar...

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