En ese sentido explicó que la independiente, si decidiera acompañar algún candidato podría subirse a la campaña; sin embargo en la boleta sería un voto nulo.
“Declinar es un término que se utiliza digamos coloquialmente o políticamente, pero no existe judicialmente o jurídicamente. Ella, si decide declinar a favor de algún candidato, tendría que hacer el llamado al voto exprés y subirse a la campaña de alguien más, pero en la papeleta va ser un voto nulo”, expuso Claudia Ivett García.
Destacó que en el caso de la Presidencia no existe la figura de un sustituto y en la figura jurídica de los independientes no hay un suplente ni puede ir por coalición.
“Si ella cancela su candidatura no hay alguien más que en fórmula le vaya hacer segunda, ósea se invalida se cancela la candidatura”, pues dijo que los candidatos a la Presidencia de la República, no compiten por fórmula, como en el caso de diputados y senadores, quienes si tienen un suplente.
Apuntó que otras de las implicaciones que podría tener serían que su representante ante el INE pierde efecto; se suspenden los tiempos otorgados en radio y televisión; se suspende su participación en los dos debates presidenciales restantes y pierde su proceso de fiscalización de gastos qué reportar al Instituto.
Finalmente señaló que habría la posibilidad, la cual descartó, de que ella tuviera sustituto, siempre y cuando el caso fuese llevado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y que así lo decidiera, algo que crearía jurisprudencia; sin embargo resaltó que no existe vía legal que se pueda seguir.
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