“Por lo abstracto de ambos vocablos, consideramos que es mejor establecer en la reforma el derecho a una vivienda adecuada, mismo que se encuentra reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, señaló Marichuy Melgar.
De igual forma, la legisladora abundó que según la Opinión Consultiva General número cuatro, emitida por la Organización de Naciones Unidas (ONU), señala que el derecho humano de una vivienda adecuada implica: el derecho a vivir en paz y seguridad en alguna parte, certeza en la tenencia de la vivienda, disponibilidad de servicios materiales, facilidades e infraestructura, además de habitabilidad y una adecuada ubicación para la facilidad en la obtención servicios públicos.
“Debemos de entender por vivienda adecuada la morada que cuente con las medidas, materiales y espacio suficiente que le permitan a la persona y su familia desarrollar su actividades de forma cómoda y apropiada, permitiendo la privacidad entre cada uno de sus habitantes, y no confundirlo con el cobijo que resulta del mero hecho de tener un tejado por encima de la cabeza”, subrayó la representante de Santa Lucía del Camino.
Finalmente, María de Jesús Melgar Vásquez, invitó a los representantes populares a que apoyaran su iniciativa de modificar el artículo 12 de la Constitución local, al sustituir las palabras digna y decorosa por adecuada, apelando la tutela de los derechos humanos.Te podría interesar...

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