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Cabe recalcar que este resultado es reflejo de la implementación de estrategias en fortalecimiento a la infraestructura y profesionalización de elementos que conforman el Sistema Penitenciario del Estado, así como la implementación de programas para la reinserción social de las personas privadas de libertad, con base en la normatividad nacional e internacional en la materia.
Considerando el cumplimiento a los estándares dictados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), entre los cuales destacan las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos “Reglas Mandela” y las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas Privativas de la Libertad para Mujeres Delincuentes “Reglas de Bangkok”.
En las supervisiones que realizó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se observó una apropiada atención en:
Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular.
Condiciones materiales e higiene de cocina y/o comedores.
Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.
Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas.
Inexistencia de actividades ilícitas.
Clasificación de las personas privadas de la libertad.
Atención a personas que viven con VIH/SIDA.
Prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección.
Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica.
Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas.
Integración y funcionamiento del Comité Técnico.
Actividades deportivas.
Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.
Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas.
Integración del expediente técnico-jurídico.
Integración y funcionamiento del Comité Técnico.
Atención a personas indígenas.
De esta manera, el Sistema Penitenciario del Estado, logra garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas privadas de libertad, el acceso a las actividades laborales, la capacitación, la educación, la salud y el deporte, como medios para lograr su reinserción social; tal y como lo establece el artículo18 constitucional.
| CENTRO | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 |
| Penitenciaría Central del Estado. | 5.43 | 5.08 | 5.08 | 4.88 | 4.08 | 5.00 | 4.11 | 5.20 |
| Centro Penitenciario Tehuantepec | 6.39 | 5.02 | 5.33 | 5.18 | 5.00 | 5.70 | 5.58 | 6.44 |
| Centro Penitenciario Femenil Tanivet | 6.73 | Sin evaluación | Sin evaluación | Sin evaluación | 5.93 | 6.24 | 6.02 | 6.72 |
| Centro de Reinserción Social de Miahuatlán | 5.67 | Sin evaluación | Sin evaluación | 5.42 | 4.62 | 5.59 | 5.27 | 5.77 |
| Promedio Estatal | 6.05 | 5.05 | 5.20 | 5.16 | 4.90 | 5.63 | 5.24 | 6.03 |
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